Durante la ampliación del estado de emergencia nacional, que regirá del 1 al 31 de julio, la región Ica y en otras seis regiones, la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios será de lunes a sábado desde las 20:00 horas hasta las 4.00 horas del día siguiente y el domingo, todo el día.

Las otras seis regiones que tendrán que acatar la inmovilización social obligatoria son: Arequipa, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.

El Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, publicado en la edición extraordinaria de las Normas Legales del diario El Peruano, en su artículo 3 referido a la Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas, dispone que en el resto del país la inmovilización social obligatoria será desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo.

Durante la inmovilización social obligatoria en Ica se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas.

También al personal de limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales (según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones). Las farmacias, droguerías y boticas podrán brindar atención.

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Asimismo, el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porte su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su documento nacional de identidad. La autorización es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria.

En todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público.

Según la Sala Situacional COVI-19 Perú, del Ministerio de Salud, hasta las 00:00 horas del 26 de junio, la región Ica registra 6,851 casos confirmados de coronavirus y 449 fallecidos; la tasa de letalidad es de 6.55 %.