Para comprar víveres, medicinas o hacer trámites bancarios

El presidente Martín Vizcarra oficializó la prórroga del estado de emergencia nacional desde el lunes 13 hasta el domingo 26 de abril, como medida para evitar los contagios de la COVID-19 y modificó las disposiciones de cuarentena.

La ampliación de la medida fue establecida mediante el Decreto Supremo Nº 064-2020-PCM, publicado este viernes en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.

El Decreto Supremo establece que a partir de mañana una sola persona por familia podrá salir de casa para comprar víveres, medicinas o hacer trámites bancarios, en el marco de la emergencia nacional por el coronavirus.

La salida podrá realizarse de lunes a sábado, a excepción de los domingos, cuando la inmovilización obligatoria será total durante todo el día.

Nuevo horario inmovilización social

De acuerdo a la norma, el Poder Ejecutivo modificó el horario de inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 18:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente a nivel nacional.

En Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, la inmovilización social obligatoria de las personas en sus viviendas rige desde las 16:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.

Las personas que deban circular para el cobro de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la emergencia, así como para el cobro de pensiones, podrán hacerlo.

Durante la ampliación del estado de emergencia es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público.